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Matrimonio igualitario: el derecho al reconocimiento y una posibilidad de discusión

En la última cuenta anual del mandato de Sebastián Piñera, se comunicó que se le otorgaría urgencia parlamentaria a la discusión del proyecto de ley que reconoce el matrimonio igualitario. Las primeras reacciones sobre este anuncio fueron diversas, desde  algunas organizaciones LGBTIQ+ celebraron este acontecimiento ya que esto permitiría finalmente otorgar el anhelado reconocimiento legal a múltiples parejas del mismo sexo que, debido a los vacíos que representa el Acuerdo de Unión Civil o por el mero deseo de igualdad ante la ley, desean ser reconocidas como una pareja en matrimonio. Por otro lado, las reacciones de un sector más conservador y cercano al mandatario, le acusaron que este anuncio es una traición a los valores tradicionales sobre lo que consideran que es el matrimonio. También hubo un sector  que acusó que este anuncio es una estrategia pinkwashing por parte del Ejecutivo, con el objetivo de realizar un “lavado de cara” para mejorar su popularidad y lograr algún tipo de legado en lo que les queda de gobierno.

Si bien a modo personal considero que esta es una posibilidad histórica de posicionar a Chile como un país que garantiza los estándares mínimos de respeto a los derechos civiles de la comunidad LGBTIQ+, creo que es necesario considerar cierto contexto al momento de debatir esta iniciativa en la comisión de constitución del Senado.

Es necesario entender que las familias conformadas por parejas del mismo sexo siempre han existido, pero estas se han visto invisibilizadas y, si bien organizaciones sociales han realizado un enorme esfuerzo con el fin de otorgar visibilidad y dar a conocer el contexto en el que se encuentran las parejas LGTBQ+, es necesario que en los instrumentos como la CASEN o el Censo sean capaces de catastrar a estas familias, lo cual no ha sido considerado en años anteriores. El menester de contar con este tipo de información no tan solo facilitaría investigaciones sociales, sino que permitiría generar políticas públicas focalizadas en esta población.

Otro punto que se debe tomar en cuenta es que el reconocimiento legal del matrimonio entre parejas del mismo sexo no garantiza un pleno reconocimiento social, ya que aún existe un porcentaje considerable de la población que no está a favor de garantizar este derecho civil; los resultados de la encuesta CADEM publicada a inicios de junio del presente año indican que un 74% de los encuestados apoya el matrimonio igualitario, pero por sobre este mismo porcentaje solo un 65%  apoya que las parejas del mismo sexo tengan derechos filialitos,  demostrando que existe un sector que pese a estar a favor de esta iniciativa no está a favor de que parejas del mismo sexo tengan hijos, marcando una discriminación entre lo que se entiende por matrimonio entre parejas homosexuales y heterosexuales. Por este y otros motivos es necesario que la discusión posea una visión multidimensional y contextual, garantizando desde la promulgación de la iniciativa que no existan interpretaciones arbitrarias sobre el reconocimiento del matrimonio; una de las formas en que podría asegurarse que no ocurran actos de discriminación es poner en tabla una reforma a la Ley Antidiscriminación.

Es necesario señalar que la aprobación de este proyecto de ley no debe traducirse en un abandono de las bases por parte de la comunidad LGBTIQ+. La demanda de igualdad y no discriminación es una de sus consignas históricas, y el reconocimiento del matrimonio es solo la “punta del iceberg” de otras demandas sociales vinculadas al trabajo, la salud, la educación, entre otras.

Un último punto que se debe considerar es que nos encontramos en un momento histórico para promover la discusión pública sobre lo que entendemos por familia, esto nos permitiría nutrir el debate sobre los cambios que ha sufrido este concepto el cual afortunadamente se encuentra cada vez más alejado de una visión tradicional, eclesiástica y biologicista. Por ejemplo, no podemos olvidar la discusión sobre derechos filiativos en parejas del mismo sexo, la cual de no ser incluida en el proyecto de matrimonio igualitario mantendrá  en una enorme vulnerabilidad a muchos niños, niñas y adolescentes al cuidado de parejas del mismo sexo. También se hace necesario expandir la discusión sobre el rol social que cumple el Acuerdo de Unión Civil, ya que de esta forma se permite a quienes no consideran a la institución del matrimonio como una alternativa de conformación de familia el optar por vías alternativas igualmente reconocidas. Por último debemos replantearnos cuáles son las posibilidades reales con la que cuentan las personas o parejas LGBTIQ+ al momento de planificar y concretar la filiación por métodos no tradicionales como lo son: la adopción, las técnicas de reproducción asistida, los hogares de acogida o los acuerdos co-parentales, los cuales se vinculan jurídica y socialmente al matrimonio, y son vistos como una alternativa poco plausible para quienes optan por el Acuerdo de Unión Civil o desean conformar lazos filiativos fuera de una relación.

 

Matías Astudillo Olmos, Sociólogo, Coordinador de Políticas Públicas POLSOC