Investigación, LGBTI, Políticas Trans, Revista Divergentes

Derechos TTT y la discrecionalidad detrás del odio.

Lo que les compartimos hoy es un ensayo del primer número de la Revista Divergentes, dedicado a pensar los derechos trans desde una perspectiva posgénero, a través de la mirada de una profesora de filosofía trans y no binarie.  Si bien su objeto es analizar la alianza del sesgo autoritarista de ciertos enclaves y la paradoja del significante del libre-tránsito en la tecnocracia neoliberal, este se expande y se conecta con la expresión de un emplazamiento público de largo alcance en el mundo hispanohablante. En poca palabras, la conducción de su argumento es simple, se podría decir que nace de la siguiente pregunta, ¿porqué y bajo qué disposición de fondo es posible que se legitime el tránsito de la discursividad del odio y no la transición de género de aquelles que no se identifican con el sexo biológico asignado al nacer?

Tratase entonces de una línea de investigación que intenta contribuir a la desnaturalización de la tecnología del género que afecta y alimenta el no reconocimiento y la precarización de las vidas trans. Después de pasar por la apuesta de las «políticas de desidentificación», esa pregunta llevará al autore a plantear de la mano de los seminarios de Foucault en la escuela de criminología de Lovaina (1981), que mucho de lo soterrado de esa alianza se juega en la no total secularización de los códigos de la jurisprudencia chilena en materia sexo-genérica. Cuestión que, de algún modo, quedaría en evidencia con el aparecer de la problemática (y  la genealogía) de la discretio, analizada por el filósofo francés. De hecho, aunque no se nombre, sabemos que es la relación oculta entre «discretio» y «discriminación», atravesada por el dispositivo de la «discreción» (esto es, secreto y confesionalidad), lo que la perturba buena parte del debate entorno a la LIG -y muy particularmente el que viene de la raíz evangelista y judeo-cristiana. Como muestra de lo anterior, solo basta visualizar el último párrafo de dicho ensayo:

Puede que el afán surgido en el proceso fabril de este estudio se deba en buena medida a la activación del trastocamiento y la desistencia necesarias para confrontar la cuestión de la «discretio», en miras a una transformación reivindicativa del reconocimiento simbólico y material, político y psíquico-social, de las vidas o les vides trans.

Por otro lado, no deja de ser cierto que ese afán debiese leerse, ante todo hoy, como la contribución a un debate que permanece abierto. Más aún a sabiendas de la nueva postergación de la LIG durante la jornada del miércoles 22 de agosto, después de su votación en la Cámara del Senado. En ese sentido, no es de extrañar que los cambios al interior del proyecto de ley, sumada su extensa dilatación, evidencien efectos tanto-de-coalición-como-de-divergencias en el dinamismo de las distintas organizaciones de la sociedad civil, implicadas en los derechos sociales de las identidades no cisgénero. Cosa que debiera dar paso a repensar el abanico de estrategias de intervención de cada una de ellas, ante todo todo aquellos proyectos orientados al ámbito relacional que habita el lazo entre educación, formación docente y derechos civiles.

Asimismo y ya para finalizar, su relectura puede resultar interesante cuando se piensa en la reiteración del gesto de usurpación de elementos vehiculares (pañuelos rosados) por parte del evangelismo político en ocasión de la votación de la ley, ya que ésta redobla la esterilidad y el charco viral de  la ignorancia de las discursividades del odio, esta vez haciendo uso del símbolo de las manifestaciones masivas por el aborto sin causales y la despenalización del mismo, propias de la demanda de las luchas feministas por la no privatización del cuerpo de los cuerpos gestantes («cuerpos gestantes» y no únicamente mujeres, en consideración de la existencia de las transmasculinidades). Léase entonces como un suplemento material, desde la filosofía y el pensamiento posgénero, de una pedagoga y activista trans.

Lo siguiente son, sin ir más lejos, algunos de los pasajes que tematizan la coalición que representa Marcela Aranda y el rol del Estado para con los derechos sociales de las personas y les persones trans, pero así también para con las identidades no binarias y las vidas intersex.

Siendo de gran impacto mediático, la campaña de deslegitización del así llamado «Bus de la Libertad» (financiado por la fundación CirtizenGo y organizado por el Observatorio Legislativo Cristiano encabezado por Marcela Aranda) habría surgido en el marco de la aprobación –en junio del 2017– de la iniciativa del Proyecto que Reconoce y da Protección a la Identidad de Género (LIG), cuya tramitación legal data de mayo del 2013 en la Cámara del Senado chileno. De ahí que nos sea relevante subrayar las razones que habrían hecho lícita la libertad de una campaña de esta índole, esto es, de exponer y de deponer la racionalidad que justificó el dejar-pasar de la no detención del bus en cuestión

De hecho, la querella en contra de la existencia de los derechos civiles y políticos condice con una aceptación instituida y organizante de los pactos al interior de la magistratura nacional, basada en una naturalización falocrática de la ciencia, muy poco visitada.

El rol del Estado no habría sido otro que la de una tolerancia que resuelve dejar-pasar la constricción política del odio como un espacio socializado de la producción de subjetividades desfavorecidas y no reconocidas en cuanto tales que, por lo sumo, padecen –en primera y última instancia– la denegación de vivir de manera autónoma y de experimentar su identidad de género en la modalidad de una desidentificación del binarismo de género impuesto: tan simple como eso.

Dicho en orientación a la contextualidad aquí recogida, esto es, en cuanto a los efectos del fenómeno de Aranda, ¿no estamos acaso frente a una compulsividad obsesiva, repudiante de las alteridades transgénero y transexuales que se halla acoplada a la línea de demarcación del Estado chileno, el cual, en medio de un lenguaje de inclusividad democrática y de apertura a la diversidad, insta y da pie a la subordinación social de las personas y la(s) comunidad(es) trans? ¿Dada la condición de no representación feroz y de objeto de protección de les niñes trans, no es acaso el mismo Estado el que hace de ellos «niñes sin Estado»? Por último, ¿no es acaso una compulsividad obsesiva lo que domina el carácter y la persona de Aranda, y consecuentemente, parte de las instancias y los fondos de la administración somatopsíquica del poder en la gubernamentalidad neoliberal en la democracia chilena actual?

Les invitamos, entonces, a continuar con la experiencia de la lectura de este provocador ensayo realizado por Manuelle Fernández, contenido en el primer N° de Revista Divergentes.

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