El día lunes 5 de abril comenzó a circular en redes sociales que las farmacias estarían exigiendo recetas médicas para la compra de anticonceptivos online y/o presencial debido a un requerimiento del Instituto de Salud Pública (ISP). Ante ello, quienes consumen estos medicamentos, agrupaciones de ginecólogas y de matronas han evidenciado su preocupación por la dificultad de acceso a la anticoncepción tanto en el sistema público como en el privado, situación que se ha visto incrementada con la pandemia.
Esta dificultad al acceso podría tener graves consecuencias como embarazos no deseados vulnerando los derechos de las mujeres u otras identidades con capacidad de gestar.
ARGUMENTOS:
Derechos sexuales y reproductivos de personas gestantes en Chile
El Estado de Chile ha reconocido que los derechos sexuales y reproductivos son un conjunto de derechos humanos. En este sentido, sería un derecho básico de las personas acceder y obtener información, servicios y el apoyo necesario para tener una vida sana, libre y plena en el ámbito de la salud reproductiva y sexual, sin discriminación de edad, género, raza, identidad sexual, estado civil, condición socioeconómica u otras características.
De lo anterior, el Estado chileno ha establecido que entre los Derechos Sexuales y Reproductivos se encuentra: 1) tomar decisiones sobre salud, cuerpo, vida sexual e identidad, sin temor a sufrir discriminación, 2) pedir y recibir información sobre sexualidad, reproducción y acceso a servicios de salud relacionados con ellas, así como también a métodos anticonceptivos, 3) decidir si tener hijos/as, cuándo, cuántos y con quién, 4) elegir nuestra pareja íntima, si casarnos y cuándo, y 5) decidir qué tipo de familia formar. Además se consideran como derecho el vivir sin sufrir discriminación ni violencia, incluida violación y otras formas de violencia sexual, mutilación genital femenina, embarazo forzado, aborto forzado, esterilización forzada y matrimonio forzado.
Hay que considerar que en Chile los derechos sexuales y reproductivos no se consideran en la Constitución y los proyectos de ley relacionados a estos que se han formulado, han llevado a debates ideológicos entre las bancadas de los procesos parlamentarios. En relación a esto, según la experta en Derecho Claudia Iriarte, la materia regulatoria en Chile sobre los derechos sexuales y reproductivos es muy débil. Solo está regulado a nivel de decretos, es decir, en virtud de lo que es la potestad reglamentaria del ejecutivo y de lo que está establecida en la propia Constitución.
Hoy, tanto la sociedad civil, organizaciones por los derechos de las mujeres y un grupo de parlamentarias de oposición al Gobierno han trabajado por conseguir la despenalización del aborto y la legalización del mismo. Ya que hasta el momento sólo se ha considerado como un derecho en el sentido que se encuentra vigente la ley que permite la interrupción voluntaria del embarazo en tres causales (peligro para la vida de la mujer, inviabilidad fetal de carácter letal, y embarazo por violación) y no un aborto libre que es lo que se está exigiendo.
Caso 2020 de anticonceptivos con falla
El caso del año 2020, es un caso evidente que en Chile no se vela por los derechos de las mujeres. Este hecho ocurrió en plena pandemia, donde tres tipos de anticonceptivos entregados en el servicio público de salud informaron sus fallas luego de ser entregados. Los primeros anticonceptivos en informar su falla fueron Anulette CD y Minegest 15 y 20, y meses más tarde ocurrió con Conti Marvelon 20.
El hecho anterior llevó a que 111 mujeres, partícipes del programa de planificación familiar que dispone el Estado, quedaron embarazadas tras usar los anticonceptivos defectuosos. Este programa estaba enfocado a mujeres de escasos recursos quienes eran beneficiarias de anticonceptivos entregados por el Estado, es decir, el programa está bajo la supervisión del Ministerio de Salud. Este ministerio estaría a cargo de la autorización de las compras de aquellos medicamentos y, además, se encargaría de la distribución a los servicios primarios de salud pública. En este sentido, el Ministerio de Salud sería responsable de la gestión de este caso y quien debería velar los problemas de quienes se vieron afectadas.
Caso 2021 venta de anticonceptivos con recetas
El Ministerio de Salud dictaminó una norma de carácter general (Decreto N° 58) el día 7 de mayo de 2020, la cual tenía por objeto regular la venta electrónica de medicamentos para hacerlos más accesibles. En este sentido, el artículo 87e de aquella norma disponía que en el caso de aquellos medicamentos que requieran receta simple, como lo son los anticonceptivos orales, se requiere previa comunicación de esta receta al establecimiento. Sin embargo, la aplicación de la norma quedó al criterio de cada farmacia y/o venta, ya que la mayoría de las aplicaciones o páginas web no exigieron las recetas.
El problema se inició cuando hace algunos días las farmacias, bajo aquella normativa, comenzaron a exigir las recetas, sin considerar que en pandemia existe una fuerte restricción a la movilidad, ya que en varias comunas y regiones del país se está en fase 1. Teniendo acotados los permisos de desplazamiento ante la restricción de la movilidad, además del difícil acceso a consultas médicas, en este caso a consultas ginecológicas.
El Instituto de Salud Pública (ISP) se refirió a este tema mencionando que para facilitar el acceso a los medicamentos en pandemia, en septiembre de 2020 se promulgó la ley 21.276 sobre la adquisición de medicamentos. Esta ley señala que las recetas pueden emitirse en medios digitales, electrónicos o físicos, y además la duración de las recetas se extendería a los seis meses anteriores a la publicación de la ley. De igual manera, el ISP ante este caso ha informado que quienes presenten problemas con recetas pueden acudir con él/la químico/a farmacéutico/a del establecimiento para recibir orientación y evaluar caso a caso.
Ante la situación de la exigencia de receta médica, se han autoconvocado matronas y ginecólogos/as a lo largo de todo el país y de diferentes organizaciones las cuales, indignadas con la situación, se manifestaron a prestar ayuda a quienes requieren de aquel documento para realizar las compras. En este sentido estarían facilitando recetas médicas vía correo electrónico. Una de ellas fue Ginecólogas Chile, organización que manifestó su preocupación ante la dificultad del acceso a la anticoncepción y explicitó que se estaría pasando a llevar el derecho sexual y reproductivo, y que además los anticonceptivos serían un mecanismo que disminuye la tasa de abortos.
A la fecha (06 de abril) el ISP ofició a los representantes de las farmacias del país que cuentan con autorización para venta física y electrónica de medicamentos que deben flexibilizar la adquisición de anticonceptivos en establecimientos farmacéuticos, los cuales no se verán en la obligación de exigir una receta para la venta de estos.
Medidas sobre estos temas
La actual ministra de la Mujer y Equidad de Género, al referirse al caso de la exigencia de recetas médicas, hace mención a que se encuentran trabajando en la evaluación del reglamento. Según lo mencionado en su cuenta de Twitter, dicen estar realizando gestiones para que el ISP revierta en el más breve plazo la disposición de exigir receta médica para la compra de anticonceptivos. Además la ministra manifestó que esta medida vulnera aún más a miles de mujeres que ya enfrentan situaciones complejas por esta pandemia.
En el caso de anticonceptivos que presentaron fallas, el ISP, el día 10 de febrero de 2021, emitió una Resolución Exenta Nº 537, por medio de la cual sancionó a través de un sumario sanitario a Laboratorios Silesia S.A. y Laboratorios Andrómaco S.A. por sus responsabilidades en la distribución y fabricación del producto farmacéutico Anulette CD el cual presentó problemas de calidad. En este caso se aplicaron varias multas que, en total, ascienden a 1.300 UTM. Sin embargo, para quienes quedaron embarazadas no ha habido una solución.
De acuerdo con la Corporación Miles, al menos 111 mujeres se encuentran en estado de gestación debido a las fallas en las píldoras anticonceptivas, y para quienes han pedido el derecho al aborto, muchos de sus casos han sido denegados ya que la situación no se enmarca dentro de las tres causales permitidas para interrumpir el embarazo (riesgo de la madre, patología congénita, o embarazo producto de una violación) que están despenalizadas en Chile desde 2017.
Han sido las organizaciones de la sociedad civil y diferentes Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC) las que han solicitado al Estado, en este caso al gobierno de Sebastián Piñera que se haga cargo de estas situaciones. Por ejemplo, la organización Miles inició una acción civil sobre indemnización de perjuicios en contra del Estado y del laboratorio responsable de las pastillas defectuosas. Además, se llevó a cabo una acción urgente ante organismos internacionales como la ONU y la CIDH. Dicha acción fue llevada a cabo en enero de 2021 entre Miles y la organización internacional Women’s Link Worldwide. Allí se acudió a la Relatoría sobre el Derecho a la Salud de las Naciones Unidas y a la Relatoría sobre los Derechos Económicos, Sociales y Culturales de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (Relatoría DESCA- CIDH), donde se buscaba que se le recomiende al Estado de Chile realizar mejoras de acceso a la salud sexual y reproductiva y acciones de reparación a las afectadas por violaciones al derecho de la salud.
Tamara Palacios – Practicante de Ciencias Políticas.
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